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Posesiones Efectivas
Cuando una persona fallece, transmite su patrimonio a ciertas personas designadas por medio de testamento, o por la ley. El que fallece es el Causante y los que reciben sus bienes son los Herederos.
¿Que son los Testamentos?
| La Posesión Efectiva se otorga para todos los herederos, aún cuando solo uno la solicite.. |
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Cuando la sucesión se abre, se confiere al heredero la posesión legal de los bienes heredados; pero para disponer de los bienes de una persona fallecida, se debe obtener de los Tribunales de Justicia o del Rregistro Civil, cuando corresponde, la PosesiónEfectiva de la herencia. |
Se transmiten a los herederos todas los derechos y obligaciones del causante, esto es todos sus bienes y sus deudas, por lo que es conveniente aceptar las herencias, haciendo valer el derecho denominado beneficio de inventario, mediante el cual solo se responde por deudas hasta el monto de los bienes que se reciben por herencia, de lo contrario se responde con todo el patrimonio propio y el del causante, sin limitación alguna.
¿ Quiénes pueden solicitar la Posesión Efectiva?
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Para
resguardar los papeles de una
sucesión se puede pedir su Guarda bajo llave y sello, mediante una
gestión denominada Guarda y Aposición de Sellos
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Esperamos su llamada en los fonos 6716570 y 6995585. Nuestro horario de atención es continuado entre las 8:30 y 18:00 horas de lunes a viernes, en Moneda 1479 of.91 Santiago, Chile. Gracias por su atención.
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