Informes en derecho y de situación jurídica

En ciertas situaciones puede no estar clara la ley aplicable al caso, o ser necesario un análisis pormenorizado de las circunstancias, para poder tomar decisiones informadas y con claro conocimiento de las posibles consecuencias.
También es muy útil definir estrategias a mediano y largo plazo que no sean incompatibles con las decisiones y gestiones que se realicen en lo inmediato, así, es indispensable analizar el caso pormenorizadamente, antes de actuar.
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Separaciones de bienes

La separación de bienes  es una institución diferente a la separación Judicial
Al contraer matrimonio las partes pueden elegir entre tres regímenes de bienes:

     Sociedad conyugal (Lo habitual).
     Separación de bienes y 
     Participación en los gananciales. 

El régimen de bienes del matrimonio se modifica por el termino del matrimonio, por acuerdo de las partes o por sentencia judicial.

Por termino del matrimonio: Por muerte de uno de los cónyuges, o por divorcio.
Por acuerdo de las partes: Se realiza mediante escritura publica en la cual si lo desean las partes, puede, al mismo tiempo, liquidarse la sociedad conyugal ( esto es repartir los bienes sociales).
Por sentencia Judicial: La sociedad conyugal termina al dictarse sentencia en juicios de Separación de bienes o juicios de separación judicial.

        Los bienes que  quedan  deben  dividirse mediante una liquidación de la sociedad conyugal

Liquidación de la sociedad conyugal 

Cuando la sociedad termina, los  cónyuges quedan como comuneros de los bienes   que existían al momento de su disolución, en  un 50% cada uno. La repartición de los bienes  se denomina "Liquidación" y puede efectuarse mediante escritura publica, si ambas partes están de acuerdo en la forma de repartir los bienes de la sociedad conyugal, o bien, si no hay acuerdo, mediante un juicio de liquidación que se realiza por un juez árbitro designado por la justicia o las partes.

Autorización de salida del país

Cuando un menor de edad viaja fuera del país sin sus padres o solo con uno de ellos, debe tener ser previamente autorizado por él o los padres que no lo acompañan, o la persona o personas que tengan fijado un regimen comunicacional con el menor ( visitas).

La autorización se obtiene de dos maneras:

Por Autorización notarial, mediante un documento muy simple que se firma ante notario; Sin embargo también es muy fácil de revocar y en casos de conflictos familiares puede ser motivo de sorpresas muy desagradables, impidiéndose la salida del menor en el ultimo momento.

Por Autorización judicial, otorgada por Tribunales de Familia por ausencia o por la negativa del padre o madre que se niega a autorizar la salida.
El proceso de autorización consta de dos audiencias: la preparatoria y la de juicio, debiendo notificarse al progenitor que niega el permiso a efecto que exprese su opinión. Si el interés del menor lo amerita , el tribunal otorga el permiso de salida, salvo que existan muy poderosas razones para negarla. El tramite judicial toma algún tiempo, por lo que es altamente recomendable iniciarlo con la mayor anticipación posible. 

El proceso de autorización consta de dos audiencias: la preparatoria y la de juicio, debiendo notificarse al progenitor que niega el permiso a efecto que exprese su opinión. Si el interés del menor lo amerita , el tribunal otorga el permiso de salida, salvo que existan muy poderosas razones para negarla.

El tramite judicial toma algún tiempo, por lo que es altamente recomendable iniciarlo con la mayor anticipación posible. 

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Tuición o cuidado personal

Los menores deben estar bajo el cuidado personal de un adulto. Normalmente este deber es ejercido por ambos padres bajo el principio de la corresponsabilidad, según dispone el Art. 224 del Código Civil: "Toca de consuno a los padres, o al padre o madre sobreviviente, el cuidado personal de sus hijos. Éste se basará en el principio de corresponsabilidad, en virtud del cual ambos padres, vivan juntos o separados, participarán en forma activa, equitativa y permanente en la crianza y educación de sus hijos."

El Art. 225 del Código Civil establece que Si los padres viven separados podrán determinar de común acuerdo que el cuidado personal de los hijos corresponda al padre, a la madre o a ambos en forma compartida.
El cuidado personal compartido es un régimen de vida que procura estimular la corresponsabilidad de ambos padres que viven separados, en la crianza y educación de los hijos comunes, mediante un sistema de residencia que asegure su adecuada estabilidad y continuidad.
 
En cualquier caso, cuando las circunstancias lo requieran y el interés superior del hijo lo haga conveniente, el juez podrá atribuir el cuidado personal del hijo al otro de los padres, o radicarlo en uno solo de ellos, si por acuerdo existiere alguna forma de ejercicio compartido.

No se debe confundir el cuidado personal del menor (comúnmente denominado tuición) con el nombramiento
de un tutor o curador que son cargos instituidos para proteger el patrimonio y los bienes del menor. 


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Mediación 


            La mediación es un proceso en que un tercero imparcial ayuda a las partes para que estas por si solas lleguen a un entendimiento y puedan resolver sus conflictos. Es un proceso muy util ,siempre y cuando las partes estén en una posición de igualdad tanto en información como en libertad de actuar. Así siempre resulta util informarse y asesorarse antes del proceso, ya que de no contar con la información correcta es posible llegar a acuerdos erróneos o muy gravosos o difíciles de cumplir, o simplemente aceptar situaciones ilegales o abusivas, sin saberlo realmente. La información correcta que usted debe manejar se refiere no solo a la situación de la otra parte, sino también al conocimiento de los propios derechos y obligaciones, y al análisis necesario respecto a como influirán los acuerdos que usted tome, con otras situaciones o circunstancias suyas

Estudio de títulos

Cuando compre un inmueble, es recomendable hacer un estudio de los títulos de la propiedad, para asegurarse de no tener sorpresas desagradables que lamentar, como que el vendedor no sea el verdadero dueño o que aparezcan terceros con mejor derecho que el vendedor, o que alguno de los anteriores adquirentes hayan incurrido en un error, que implique por ejemplo la nulidad de las ventas posteriores, resultando que quienes aparecen como dueños, incluso con inscripciones a su nombre en el Conservador de Bienes Raíces no lo sean realmente o exista la posibilidad ser demandado por un dueño anterior o sus herederos, por ejemplo.
    Para efectuar un estudio de títulos se requieren ciertos documentos básicos, como las escrituras de compraventa anteriores, certificados de dominio vigente a nombre de los vendedores, certificados de no expropiación, certificado de pago de contribuciones. etc; pero normalmente se necesitan otros documentos que van variando de acuerdo a la situación especial del respectivo inmueble, como por ejemplo, certificado de gastos comunes al día, escrituras de sociedades, con vigencia, certificados de matrimonio, declaraciones de estado civil, etc etc. Cada estudio es diferente y siempre se requiere el análisis de un abogado para efectuarlo adecuadamente.


Extravío de documentos : Pagares, Cheques, etc.

 Si usted extravía o se destruye un documento, como por ejemplo un deposito a plazo, un cheque, un pagare, una letra de cambio , un deposito a plazo, para poder cobrarlo es indispensable realizar una gestión judicial que consiste en que un Tribunal de la República previa demostración que el documento verdaderamente existió y que usted es su titular, ordene la reconstitución del documento extraviado o destruido y/o el pago del mismo por parte del deudor. El procedimiento es rápido: se requiere notificar al emisor del documento, realizar una publicación en el diario oficial, y que trascurra el plazo legal sin que exista oposición por terceros.

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