| Problema: |
QUE
HACER |
| EXTRAVÍO
DE DOCUMENTOS |
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DESTRUCCIÓN
O DAÑOS DE INMUEBLES
PROPIOS |
| SI TIENE SEGURO |
- Haga
la denuncia del siniestro en
el mas
breve
plazo. Las aseguradores estarán pendientes de evitar pagar
indemnizaciones alegando no haber efectuado la denuncia a tiempo: el
más breve plazo es ¡¡AHORA!!
- ESTE PENDIENTE DE LOS PLAZOS PARA
RECLAMAR
DE LA LIQUIDACIÓN DEL SINIESTRO, TOME EN CUENTA QUE LA
LIQUIDACIÓN PUEDE ARROJAR UN MONTO MENOR A LO QUE USTED
NECESITA PARA REPARAR EL DAÑO, SU ÚNICA INSTANCIA PARA
RECTIFICAR EL MONTO DE LA INDEMNIZACIÓN PUEDE SER EL OBJETAR A TIEMPO
LA LIQUIDACIÓN DEL SEGURO.
- Si compro con crédito
hipotecario es
bastante probable que tenga seguro de sismo o un adicional por sismo,
si compró por el Bancoestado, es casi seguro que tiene ese adicional de
sismo.
- Recomendaciones
de la Superintendencia de
Seguros sobre reclamos relativos a seguros
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| SI NO TIENE SEGURO |
Verifique que su propiedad no
vayan a
causar daños a la propiedad de terceros, vecinos o
a transeúntes. Podría tener que enfrentar luego
juicios de indemnización de perjuicios, si no toma algunas
precauciones, como por ejemplo, señalizar debidamente,
efectuar las reparaciones necesarias, etc.siempre eso si, asesorado por
los profesionales pertinentes a la naturaleza del daño.
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¿Tiene dudas, necesidad de
información?,
contáctenos por mail
o a los teléfonos 6995585
6716570 |
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DESTRUCCIÓN
O DAÑO DE INMUEBLES ARRENDADOS |
SI
NO FIRMO CONTRATO
y paga
arriendo
significa que
TIENE UN
CONTRATO
VERBAL |
Rigen
íntegramente las normas generales:
( Arrendador es el dueño y arrendatario
el que
arrienda)
- Si hay destrucción total,
el arriendo
termina.
- Si hay destrucción parcial
el juez
puede determinar una rebaja del arriendo
- Las reparaciones en casos
de fuerza mayor
como
terremotos, corresponden exclusivamente al arrendador.(Art.1927
C.Civil.)
- Si el
arrendatario hace
las reparaciones el arrendador deberá reembolsarle los gastos PERO
previamente debe dar aviso al arrendador y si este no hace las
reparaciones , o la noticia no pudo darse a tiempo por la
urgencia. Conviene siempre tener pruebas
de que se dio el aviso correspondiente y guardar los presupuestos y
boletas de los gastos.
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SI
TIENE CONTRATO
ESCRITO |
Rigen
las normas generales y solo son
modificadas
por lo pactado en el contrato escrito. |
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¿Tiene
dudas, necesidad de información?,
contáctenos por mail o a
los teléfonos 6995585
6716570 |
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Paulatinamente
iremos agregando otros temas, si tiene cualquier dificultad consúltenos. |
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